EL CASO DE ESPAÑA
Hay que destacar
que España vivió sus propias particularidades que poco tiene que ver con lo
anteriormente expuesto. España es un caso particular, la Industrialización se
dio más tarde que en el resto de países europeos con peso. Pondré como ejemplo
lo sucedido en el País Vasco:
Cada Territorio Histórico la sufrió a diferentes ritmos, junto con
Cataluña, fue uno de los primeros territorios en vivir la industrialización.
Por tanto se pueden destacar diferencias entre el proceso sufrido por
Bizkaia y el de Gipuzkoa:
·
En Bizkaia:
1.
La industria se da en Bilbao y
Margen Izquierda
2.
En un periodo de tiempo muy
concentrado (rápida expansión)
3.
Sobre todo se centrará en la
siderometalurgia.
·
En Gipuzkoa:
1.
Es más extensa en el tiempo y
geográficamente.
2.
No va a centrarse exclusivamente
en un solo sector, sino que abarcará el sector papelero, textil,
siderometalúrgico, armero...
Hasta el momento en lo que es el actual País Vasco y Navarra, la
explotación predominante había sido el caserío (estructura arcaica, con
campesinos arrendatarios). Se desarrollan movimientos migratorios hacia
Bizkaia, sobre todo de otros lugares del norte de España, alcanzando en 1900
los 140.000 habitantes.
De mientras en Álava y en Navarra la sociedad sigue siendo hasta
entonces tradicional, no se dan apenas cambios tecnológicos, se sigue viviendo
de la agricultura y de la ganadería, aun que el sector servicios aumenta, sin
embargo el peso del sector primario en Navarra es del 71% y el Álava del 60%.
Se crea la primera escuela agrícola. En Navarra se da una alta densidad de
sacerdotes, el peso de la iglesia es fuerte, los sindicatos son escasos y la
sociedad es reacia al cambio.
En el País Vasco la banca, comienza a tener una importancia relativa en
la industria, más importante en Bizkaia que en Gipuzkoa, donde las entidades
financieras y crediticias son menores que en Bizkaia, se pasa de un banco en
1900 a cinco en 1907.
Respecto a la infraestructura, se expande el ferrocarril y en 1877
comienzan las obras del puerto de Bilbao, convirtiéndoselo en 1901 en uno de
los más importantes del mundo. En Gipuzkoa el puerto de Pasajes sustituye al de
San Sebastián. Los puertos tienen gran transcendencia comercial a la hora de la
exportación de materiales. En 1914 los puertos se convierten en centros de
contratación a nivel importante.
En resumen la
industrialización llegó al País Vasco, tarde y gracias al capital extranjero.
En pleno desarrollo de la industria en España, estalla la Guerra Civil en 1936,
lo que frena la economía, frena el movimiento obrero y sufre tras finalizar la
guerra una dura autarquía, el país estaba destruido, empobrecido por estar su
aparato productivo dañado. España vive
un aislamiento tanto político, como económico, mientras que los países europeos ven como sus economías crecen debido a políticas de reconstrucción y modelos
económicos que permitió mejorar los niveles de vida de los trabajadores. Mientras que en el resto de países los
trabajadores son libres para crear sindicatos, organizar huelgas, la férrea
dictadura que sufre España no permite que los trabajadores exijan sus derechos,
por miedo a que el bando vencedor “grupo anticuado y conservador que trata de
defender sus intereses” tome duras represalias contra ellos.
Por ejemplo no se
regulará el Derecho a huelga en España hasta el año 1977, mediante una norma
con rango de Ley preconstitucional; el Real Decreto Ley 17/1977 de Relaciones
de Trabajo, actualmente este Derecho está reconocido expresamente en la
Constitución.
Pararé un segundo a analizar el
artículo 35 de la Constitución Española y lo haré con la ayuda de un par de
conocidos que me dan su opinión al respecto, ya que tras visitar varias páginas
webs-blogs de Asociaciones de parados hacen hincapié reiteradamente en el
citado artículo, artículo que se encuentra enmarcado en la Sección II. DE LOS DERECHOS Y DEBERES
DE LOS CIUDADANOS:
Art.35 Constitución Española:
1.
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la
libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a
una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su
familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
2. La Ley regulará un Estatuto de
los Trabajadores
Según
J.M.R 34 años, trabajador de la construcción y residente en la zona minera comenta
“Al final se queda en papel mojado;
en teoría está bien, lo malo es que no se cumple en muchas ocasiones” convencido
que es un derecho y un deber de las personas, a lo que añade “Es una
utopía”.
I.E licenciado en psicología
residente margen izquierda, trabajador en un tienda como dependiente: “Todos
los ciudadanos tenemos derecho y deber de trabajar. es una realidad que no se
puede obviar, creo que es incontestable, simplemente para el sostenimiento de
la sociedad en si. Aquel que no desee trabajar a mi juicio no debería quedar
excluido de la sociedad pero si creo que se le deberían aplicar medidas
correctoras, medidas que no harían falta si desde la infancia se inculca el
valor del trabajo: ojo, no del trabajo
explotado o precario, sino del trabajo en sí” agrega una pequeña pincelada
“antes de trabajador yo soy parado”
Os podéis poner en contacto conmigo, insultarme o lo que queráis en: Mi Twitter
No hay comentarios:
Publicar un comentario